MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS (MPD)
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas
El Modelo de Prevención de Delitos, ha sido diseñado en cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, en los siguientes delitos:
- Lavado de Activos (artículo 27 de la Ley 19.913),
- Financiamiento del Terrorismo (artículo 8 de la Ley 18.314,
- Cohecho a funcionario público nacional o extranjero (artículos 250 y 251 bis del Código Penal),
- Receptación (artículo 456 bis A del Código Penal),
- Administración Desleal (artículo 470, N° 11, del Código Penal),
- Negociación Incompatible (artículo 240 del Código Penal),
- Soborno entre Particulares (artículos 287 bis y 287 ter del Código Penal),
- Apropiación indebida (artículo 470, N° 1, del Código Penal),
- Contaminación del mar, de ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua (artículo 136 de la ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura),
- Procesamiento, apozamiento, transformación, transporte o comercialización de recursos hidrobiológicos vedados y productos derivados de éstos (artículo 139 de la ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura),
- Realización de actividades extractivas en áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos, sin ser titular de los correspondientes derechos (artículo 139 bis de la ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura),
- Procesamiento, elaboración o almacenamiento de recursos hidrobiológicos o productos derivados de ellos, de los cuales no se conozca su origen legal, y que correspondan a recursos en estado de colapsado o sobreexplotado (artículo 139 ter de la ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura),
- Ordenar concurrir al trabajo a un trabajador, a sabiendas que se encuentra en cuarentena o aislamiento sanitario obligatorio decretado por la autoridad sanitaria, (artículo 318 Ter, del Código Penal),
- Obtención fraudulenta de subsidio de desempleo (artículo 14 Ley 21.227),
- Organizar, financiar o inducir a la creación y funcionamiento de milicias privadas o similares, poseer ciertas armas, químicos o explosivos sin la correspondiente inscripción y otras conductas similares, todas sancionadas en el Título II de la ley Nº 17.798, sobre control de armas,
- Captar, trasladar, acoger o recibir personas que sean objeto de explotación sexual, trabajos forzados, servidumbre o esclavitud o extracción de órganos.
- Otros delitos incorporados en modificaciones a la Ley 20.393. El Modelo es un sistema de organización, administración, supervisión y monitoreo, de procesos o actividades que se encuentran expuestas a la comisión de los delitos señalados, cuyo cumplimiento es obligatorio para todos los trabajadores de las empresas AD Retail, incluidos los ejecutivos principales y Directores.
En forma gráfica el Modelo de Prevención de Delitos es:

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